La gestión de cooperativas

por | Nov 17, 2021 | Finanzas

Constituir una cooperativa para la gestión de un negocio es una fórmula muy interesante. A la parte ideológica y de sensibilidad social, que indudablemente tiene, se le une un buen tratamiento fiscal por parte de las administraciones.

Sin ninguna duda, es voluntad de quienes legislan favorecer el crecimiento de esta forma societaria.

¿Por qué elegir una cooperativa?

Las cooperativas además de operar en el mercado como el resto de las empresas con distintas formas jurídicas, deben encaminarse al logro de fines que no son estrictamente empresariales.

Entre estos fines está la promoción del movimiento cooperativo y otros fines sociales, tanto de las personas que componen la cooperativa como del entorno en que ésta se desarrolla.

¿Cuáles son las obligaciones de una cooperativa?

A la hora de constituir una cooperativa, ten en cuenta que existen ciertas obligaciones que debes cumplir.   

  • Dotar una parte del excedente del ejercicio a diversas acciones encaminadas a la consecución de esos fines. La dotación de parte del excedente a un fondo debe ser entre el 5% y el 10%.
  • Gestionar y en última instancia, si no encuentras una aplicación adecuada dentro del plazo legalmente establecido para ello, entregarlo a “entidades sin ánimo de lucro para su destino a las finalidades de interés público establecidas para esta contribución”.

Dotación del excedente del ejercicio: ¿dónde se aplica?

La dotación de parte del excedente a un fondo requiere una gestión activa por parte de las personas que dirigen la cooperativa. Las opciones de aplicación son muchas. En concreto, la ley dice expresamente que se deberá aplicar a los siguientes casos:

  • Formación y educación de las personas asociadas a la cooperativa y personal trabajador sobre el cooperativismo, actividades cooperativas y otras materias no relacionadas con el puesto de trabajo.
  • Promoción de las relaciones intercooperativas, incluyendo la cobertura de gastos por la participación en entidades creadas para la promoción, asistencia, dirección común o actividades de apoyo entre cooperativas.
  • Promoción educativa, cultural, profesional y asistencial, así como la difusión de las características del cooperativismo, en el entorno social en que se desenvuelva la cooperativa y en la sociedad en general, y la promoción del uso del euskera.
  • Promoción de nuevas empresas cooperativas mediante aportaciones dinerarias a una entidad sin ánimo de lucro promovida por el movimiento cooperativo vasco.

Es importante que esta parte de los excedentes se pueda utilizar de forma satisfactoria para la cooperativa y sea respetuosa con las normas establecidas. Lo que en ningún caso procede es la inacción. La aplicación del excedente y en consecuencia la dotación a este fondo se decide al cerrar el ejercicio. En caso de que la empresa cooperativa no lo realice, será la propia asesoría quien lo proponga antes de la presentación de las cuentas en el registro de cooperativas.

La dotación deberá ser materializada durante el siguiente ejercicio a aquel en el que se dota. Si tienes esto presente, podrás utilizarlo de tal modo que redunde en beneficio, no solo para los fines sociales sino también para los propios fines de tu cooperativa y/o de tus cooperativistas.

En Interalde nos encontramos en numerosas ocasiones con cooperativas y cooperativistas que no conocen estos mecanismos y que, por lo tanto, no cumplen con estas obligaciones.

Si tienes dudas a la hora de constituir o gestionar una cooperativa, contacta con nuestro equipo de Interalde.

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