(El contenido de este post es, como se indica, referente al 2017. Puedes ver todo sobre el permiso de paternidad actual en las últimas entradas publicadas).
La entrada en vigor del nuevo permiso de paternidad es una de las novedades laborales del 2017. Consta de 4 semanas ininterrumpidas, ampliable en 2 días más por cada hijo a partir del segundo, en los casos de acogimiento, adopción o parto múltiples. Así, todos los que a partir del 1 de enero de 2.017 sean padres, adopten o acojan a un menor podrán disfrutar de este permiso, que es voluntario.
Quienes quieran disfrutarlo podrán hacerlo durante el período comprendido desde el nacimiento del hijo, desde la resolución por la que se constituye la adopción o desde la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice el período correspondiente al descanso por maternidad, adopción o acogimiento, o inmediatamente después de la finalización de dicho descanso, siempre que, en todo caso, se produzca el cese en la actividad durante dicho período. Este cese puede ser parcial, es decir, el trabajador puede llegar a un acuerdo con el empresario y trabajar al menos el 50% de jornada mientras disfruta de este permiso, ampliándose proporcionalmente. Si es autónomo, también puede disfrutarlo al 50%, pero el subsidio se reducirá a la mitad mientras que la cuota de autónomos no variará.
Permiso de paternidad para trabajadores por cuenta ajena
Este permiso se añade a los dos días a los que se tiene derecho por nacimiento de hijo, 4 si hay que realizar un desplazamiento. El subsidio será del 100% de la base reguladora es decir, la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al nacimiento, decisión de acogimiento o resolución de adopción. Este subsidio corre a cargo de la seguridad social, y en caso de trabajador por cuenta ajena, si este es sustituido durante el permiso, los seguros sociales del sustituto estarán bonificados al 100%. Es decir, esta situación tendrá coste cero para la empresa. Aún así, la realidad es que hay padres que no solicitan este permiso, algunos excusándose en sus trabajos. A estos padres: señores, nadie es imprescindible en su trabajo. A los que nos gobiernan: si la madre trabajadora debe cogerse seis semanas obligatorias tras el parto, ¿para cuando el permiso por paternidad obligatorio y equiparado al de maternidad? Por arrojar un dato, en el 2016 se solicitaron 278.509 permisos de maternidad. De estos 278.509, sólo 5.688 fueron percibidos por el padre. Es decir, aproximadamente el 2% de los padres comparte el permiso de maternidad. Recordemos que los padres pueden compartir las 10 semanas que restan tras el descanso obligatorio, ya que el permiso total es de 16 semanas, ampliable en 2 semanas más por parto múltiple por cada hijo a partir del segundo.
¿Qué pasa con los autónomos?
El autónomo, como siempre, queda más desprotegido. Habitualmente, la base de cotización es la mínima en el momento de ser padre, con lo que ello conlleva.Y si no tiene empleados, más complicado aún. ¿Quién se puede permitir bajar la persiana un mes con todo lo que ello conlleva? ¿Y si además vas a obtener un subsidio de unos 900 euros y de ahí tienes que pagarte el recibo de autónomos ese mes? Si que es cierto, que si contratas a alguien con un contrato de interinidad bonificado (bonificado con el 100% de la cuota empresarial) que te sustituya durante ese tiempo en tu negocio, te bonifican el 100% de la cuota mínima de autónomos. Es decir, sólo tienes que pagar el salario de la persona que se queda a cargo de tu negocio. Eso sí, debe estar desempleada en el momento de la contratación, lo cual no tiene mucho sentido porque… ¿quién deja sólo a cargo de su negocio a alguien que no conoce su funcionamiento?
Aunque no se incentiven mucho económicamente estas medidas, no hay mayor incentivo que tu hijo, así que anímense padres y disfruten de ellos.