Obligaciones de las empresas respecto a la igualdad y la no discriminación

por | Abr 12, 2024 | Laboral

A nivel laboral, hay una serie de obligaciones que las empresas con personas trabajadoras deben cumplir. Algunas de forma general y otras solamente obligatorias en función de la plantilla de la empresa.

Algunas son las ya clásicas de la Seguridad Social, la prevención de riesgos laborales, la apertura del centro de trabajo, el registro de la jornada, el protocolo de desconexión digital, la protección de datos… A estas se unen otras, ligadas a evitar conductas discriminatorias, como el plan de igualdad, el plan LGTBI, el canal de denuncias, el protocolo frente al acoso laboral o el registro retributivo. Estas suelen confundirse, pensando muchas veces que no es obligatorio establecer un protocolo frente al acoso laboral si no se llega a determinada plantilla. Esto es así a la hora de determinar la obligación de elaborar e implementar un plan de igualdad, el plan LGTBI o el canal de denuncias (en la actualidad obligatorio para las empresas de al menos 50 personas trabajadoras), pero no para elaborar el protocolo frente al acoso y el registro retributivo, los cuales son obligatorios para toda empresa, independientemente de la plantilla que tenga.

En concreto, la elaboración de un plan de igualdad, o de un protocolo frente al acoso, exige unos conocimientos especializados en la materia que habitualmente no disponemos las asesorías. Por ello nuestra recomendación es que contrates a una empresa especializada en ello, sobre todo si tu empresa tiene la obligatoriedad de realizar el plan de igualdad. En Interalde contamos con profesionales con amplia experiencia en este ámbito dentro de nuestra red colaboradora.

Si tu empresa tiene una plantilla menor y tienes tiempo para ello, el Ministerio de Igualdad pone a disposición de las empresas una serie de plantillas y modelos para poder dar cumplimiento a esta obligación.

En resumen, si tu empresa tiene 50 o más personas trabajadoras, deberá realizar e implementar: el plan de igualdad, el plan LGTBI, un canal de denuncias, el registro retributivo y el plan frente al acoso laboral. Y, si tu empresa, tiene una plantilla de menos de 50 personas, tendrá que disponer de un registro retributivo y un plan frente al acoso laboral.

Recuerda que, aunque tengas todos los protocolos y planes confeccionados, si no los implementas correctamente y nadie los conoce, será como si no los tuvieras. Esto, por poner un ejemplo, ocurre a menudo con la protección de datos. De poco sirve realizarla si luego no se implementa correctamente en la empresa, tanto los formularios como los procedimientos.

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