IVA mensual o trimestral. ¿Qué te conviene?

por | Sep 29, 2021 | Finanzas

Las personas jurídicas o profesionales del trabajo autónomo son recaudadoras pasivas del IVA y deben hacer balance entre el IVA soportado y el IVA repercutido en sus respectivos negocios. Es decir, entre el IVA que has pagado en tus facturas de gastos y el IVA que has repercutido en tus ventas.

Este balance se refleja en la declaración del IVA y se puede realizar tanto mensual como trimestralmente.

A través de este artículo, analizaremos los pros y contras de presentar la declaración del IVA mensual o trimestralmente, siempre y cuando no haya obligación de por medio al estar inscrito en algún régimen especial.

IVA mensual

En primer lugar, para poder presentar declaraciones de IVA mensual, debes darte de alta en el Registro de Devolución Mensual (REDEME).

En caso de que el IVA que soportes al comprar sea mayor que el que repercutes al vender, esta es tu opción más aconsejable, ya que podrás recibir mensualmente el IVA que has abonado de más, haciendo que la liquidez de tu empresa sea mayor. Por contra, este régimen tiene un problema y es la burocracia, ya que tendrás que presentar el cuádruple de liquidaciones al año, además de que deberás de rellenar aún más modelos complementarios, por lo que esa necesidad de liquidez ha de ser importante.

IVA trimestral

Sin duda alguna, el rey de reyes entre las pymes por su facilidad para cumplimentar y su poca exigencia de trámites.

Su mayor ventaja es la comodidad y que en caso de que repercutas más IVA del que soportas, tendrás mayor liquidez. No obstante, si sucede al contrario, tendrás que esperar más que en el régimen mensual para volver a disponer de salud financiera.

El régimen, en líneas generales, funciona de manera que, si el resultado es positivo, saldrá a ingresar y por tanto, la persona contribuyente deberá pagar a Hacienda por el exceso para quedarse a 0 en la balanza de IVA repercutido y soportado.

Sin embargo, si el resultado es negativo, sale a devolver y será Hacienda la que deba devolver el exceso al obligado tributario, pudiendo este optar por reservarlo para compensar próximos resultados positivos en un plazo máximo de 4 años.

Sabemos que la declaración del IVA para una persona autónoma puede convertirse en una tarea pesada. Si no tienes claro cuál es la opción que más te conviene, en Interalde te ayudamos en todo el proceso de la declaración del IVA en tu negocio.

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